Qué deudas cancela la ley de segunda oportunidad: guía para revisar, entender y pagar

Ley de segunda oportunidad en Chile: qué deudas se pueden cancelar — guía práctica con icono de escudo

En Chile, cuando se habla de “ley de segunda oportunidad” para personas naturales, en realidad se alude a la Ley N.º 20.720 y sus reformas (Ley N.º 21.563), que establecen dos caminos para ordenar o terminar con tus deudas: la renegociación (ante la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, Superir) y la liquidación (ante tribunales). En términos simples: en la renegociación intentas acordar nuevos plazos y condiciones; en la liquidación se venden bienes embargables para pagar y, al término, la regla general es que los saldos que queden impagos se extinguen por ley con ciertas excepciones. Esta guía te explica paso a paso qué deudas se pueden cancelar, cuáles no, y cómo revisar tu situación para elegir el camino más conveniente.

Qué significa “cancelar” una deuda en estos procedimientos

“Cancelar” o “extinguir” deudas no siempre significa que el acreedor renuncie a cobrar: en la liquidación, una vez que queda firme la resolución que declara el término del procedimiento, los saldos insolutos de obligaciones anteriores al inicio se consideran extinguidos “por el solo ministerio de la ley”, salvo excepciones expresas. En la renegociación, si acuerdas un plan y eventualmente se venden bienes, cumplido el acuerdo y efectuado el reparto, los saldos que no alcanzaron a cubrirse también se extinguen según la propia Superir.

Deudas que se pueden cancelar y deudas que no

Deudas que normalmente pueden cancelarse al término del procedimiento

La regla general en la liquidación de personas es que, concluido el proceso, todas las deudas previas al inicio se extinguen, excepto las que la ley excluye de manera expresa. Eso incluye, por lo general, créditos de consumo, tarjetas, líneas de crédito, sobregiros, créditos automotrices, diferencias impagas de créditos hipotecarios después de realizada la garantía, préstamos con casas comerciales y otras obligaciones financieras o civiles sin excepciones legales.

En una renegociación, tras acordar nuevas condiciones y —si aplica— vender bienes, los saldos insolutos que queden después del reparto se extinguen cuando la Superintendencia declara el término del procedimiento. Esto opera sólo respecto de las deudas incluidas y debidamente reconocidas en el proceso.

Deudas que no se pueden cancelar

Hay obligaciones que no se apagan con la “segunda oportunidad” en Chile. La ley indica expresamente que no se extinguen en la liquidación los saldos por: alimentos (pensión de alimentos) y compensación económica de divorcio; y obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos civiles y/o penales (por ejemplo, indemnizaciones por responsabilidad extracontractual derivadas de un hecho ilícito o multas penales).

En la renegociación hay además deudas que ni siquiera pueden ser objeto de acuerdo: pensiones de alimentos y compensaciones económicas, obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos, y multas y sanciones pecuniarias penales (las debes declarar para transparentar tu carga, pero no se renegocian ni quedan sujetas a la propuesta).

Importante sobre codeudores, avalistas y fiadores

Aunque tu deuda se extinga al término de la liquidación, la ley protege los derechos del acreedor contra fiadores, avalistas, codeudores solidarios o terceros que garantizaron la obligación: ellos no pueden invocar tu descarga y siguen respondiendo conforme a su compromiso.

Quiénes pueden acceder y requisitos básicos

Para iniciar una renegociación

Puede hacerlo cualquier persona natural “sujeto de crédito” (trabajador/a, independiente, dueña/o de casa, jubilado/a, estudiante) que cumpla con: dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días que sumen sobre 80 UF, y que no haya sido contribuyente de primera categoría (empresa) en los últimos 24 meses. No se necesita abogado/a y se tramita ante la Superir vía plataforma “Mi Superir”.

Para iniciar una liquidación voluntaria

Si no hay margen de pago o la renegociación fracasa, la persona puede solicitar la liquidación de sus bienes ante el tribunal competente; es un procedimiento judicial con nombramiento de liquidador y reglas específicas. ChileAtiende y Superir explican pasos y documentación resumidos.

Deudas que sí se cancelan y excepciones legales según Ley 20.720 — icono de martillo judicial

Paso a paso para revisar, entender y pagar tu situación

Reúne información completa y reciente de tus deudas

Antes de elegir camino, obtén certificados o estados de cuenta de todas tus deudas (capital, intereses, comisiones, fecha de vencimiento). Estos documentos deben ser emitidos por tus acreedores e individualizar el monto y vencimiento; su vigencia suele ser de hasta 30 días al ingresar la solicitud ante Superir. Si un acreedor se niega a entregarlos o pretende cobrarte por ello, puedes reclamar en el Portal del Consumidor del SERNAC.

Declara todo tu pasivo, incluso lo que no se renegocia

En la plataforma, debes declarar todas las deudas, tanto en mora como al día. Las obligaciones que por ley no se renegocian (como alimentos o multas penales) igualmente deben ser declaradas para transparentar la carga, ingresándolas como “otros acreedores” y consignándolas en tu propuesta.

Conoce los efectos protectores de la admisibilidad

Una vez que la Superir declara admisible tu solicitud de renegociación y se publica en el Boletín Concursal, los acreedores no pueden exigir tu liquidación ni iniciar juicios ejecutivos o desalojos por no pago de arriendo; además, dejan de devengarse intereses moratorios mientras dure el procedimiento. Estos efectos cesan al dictarse la resolución de término.

Prepárate para las audiencias y la propuesta

La audiencia de determinación de pasivo fija las deudas y sus preferencias. Luego, en la audiencia de renegociación presentas tu propuesta de pago (puede mejorarse con apoyo de la Superir); si hay acuerdo, comienzas a pagar conforme lo pactado. Si además hay ejecución de bienes y plan de reembolso, al cumplir lo acordado los saldos insolutos se extinguen por ley. Si no hay acuerdo, la Superir remite los antecedentes al tribunal para iniciar liquidación simplificada.

Decide: ¿renegociación o liquidación?

Renegociación: útil si proyectas ingresos para sostener cuotas razonables y quieres preservar tus bienes (por ejemplo, vehículo necesario para trabajar). Liquidación: razonable si no hay flujo para cumplir, si arrastras embargos múltiples o si el valor de tus bienes es bajo en comparación con la deuda total; al concluir, salvo excepciones, quedas descargado de los saldos insolutos.

Cómo impactan las garantías y los bienes

Bienes inembargables y efectos sobre tu patrimonio

La ley resguarda ciertos bienes inembargables (p. ej., algunos útiles personales); el resto puede realizarse para pagar a los acreedores según sus preferencias. En liquidación, el liquidador administra y realiza los bienes; en renegociación, sólo si tu acuerdo contempla ejecución de bienes se procede a su venta para mejor pago.

Créditos con garantía real e hipotecaria

Si tienes un crédito con prenda o hipoteca, el acreedor preferente conserva su derecho real: en la renegociación puede reprogramarse la obligación, pero el valor del bien se imputa prioritariamente al pago de esa garantía; en liquidación, la garantía se realiza y cualquier diferencia impaga posterior al remate se rige por la regla general de descarga de saldos, salvo que caiga en una excepción legal.

Codeudores, avalistas y terceros garantes

Aun si obtienes descarga, tus avales o codeudores no quedan liberados: el acreedor puede cobrarles según corresponda y ellos no pueden pedir reembolso por la parte descargada a tu favor.

Ejemplos prácticos

Tarjeta de crédito y consumo sin garantías

Persona con varias tarjetas y un crédito de consumo moroso, sin bienes significativos. Si logra renegociación con cuotas realistas y, en su caso, ejecuta un bien menor, los saldos que queden tras cumplir el acuerdo se extinguen. Si no hay acuerdo y termina en liquidación, los saldos insolutos se apagan al término, salvo que existan deudas de alimentos o derivadas de delitos.

Hipoteca impaga con remate

Tras el remate del inmueble hipotecado, puede quedar un saldo deudor si el precio no cubre todo. Ese remanente es parte del pasivo en el concurso; al término de la liquidación se extingue conforme a la regla general, a menos que esté comprendido en una de las excepciones legales.

Multa penal y pensión de alimentos

Aunque te acojas a renegociación o liquidación, ni la multa penal ni la pensión de alimentos se pueden negociar ni descargar: seguirán siendo exigibles después del proceso y deberás pagarlas íntegramente.

Documentos, plazos y certificaciones que necesitarás

Documentación de deudas e ingresos

Para renegociación, debes acompañar estados de cuenta, certificados de prepago o liquidaciones que acrediten existencia, monto e intereses, más antecedentes de ingresos (liquidaciones de sueldo, boletas de honorarios, cotizaciones, etc.). Si el documento del año en curso no tiene datos, se adjuntan los últimos períodos con información.

Dónde pedir tus papeles y qué hacer si te niegan información

La ley obliga a cada acreedor a entregarte el detalle de tu deuda. Si se niega o te cobra por emitir un certificado, puedes denunciar en SERNAC (Portal del Consumidor).

Efectos del inicio y término

Desde la admisibilidad y publicación en el Boletín Concursal, se suspenden nuevas ejecuciones y no corren intereses moratorios. Estos efectos duran hasta la resolución de término (o hasta su finalización anticipada). En la liquidación, una vez firme la resolución de término, opera la descarga de los saldos, con las excepciones ya descritas.

Checklist para solicitar cancelación de deudas: pasos y documentos ante la Superir

Qué cambió con las reformas recientes

Reformas y criterios sobre “descarga”

La reforma de 2023 (Ley N.º 21.563) precisó el alcance de la descarga de saldos en la liquidación y sistematizó exclusiones a la renegociación (por ejemplo, alimentos y sanciones penales), incorporando herramientas para enfrentar mala fe del deudor y otras prácticas. La doctrina reciente comenta estas “excepciones a la descarga” y su impacto en Chile.

Tendencias y estadísticas

De acuerdo con los boletines y reportes oficiales, las renegociaciones de personas han crecido con fuerza en 2024–2025, y la Superir reportó aumentos relevantes en los procedimientos iniciados, destacando la utilidad del mecanismo gratuito para ordenar la carga financiera.

Guía rápida para elegir tu ruta

Elige renegociación si…

Tienes ingresos actuales o proyectados para cumplir cuotas realistas; buscas proteger bienes de uso cotidiano; necesitas detener embargos y ordenar múltiples acreedores bajo un plan único; y te sirve la mediación técnica de la Superir.

Elige liquidación si…

No puedes sostener pagos; arrastras intereses moratorios altos o ejecuciones; no logras acuerdo en la audiencia de renegociación; o te conviene “resetear” tu situación: al concluir, salvo las excepciones, quedas desligado de los saldos residuales.

Preguntas frecuentes clave

¿Qué pasa si oculto un bien o miento en la declaración?

Ocultar bienes o entregar antecedentes falsos puede considerarse mala fe y afectar gravemente tu proceso, incluso con sanciones e inhabilidades. La reforma reforzó este punto: declara todo con exactitud.

¿Puedo volver a renegociar si no pude cumplir el acuerdo?

La modificación del acuerdo se tramita como un nuevo procedimiento y exige, entre otros, que al menos el 50% de las deudas que quieres renegociar provengan del acuerdo previo que no pudiste cumplir, además de reunir nuevamente los requisitos del artículo 260.

¿Paran los intereses y los juicios mientras tramito?

Sí: desde la admisibilidad y publicación hay suspensión de ejecuciones y no se devengan intereses moratorios respecto de deudas incluidas, hasta el término del procedimiento.

¿Qué ocurre con deudas laborales o previsionales?

Depende de su naturaleza y preferencia legal; pueden tener trato preferente en el pago durante la realización de bienes. Lo esencial para esta guía es que la extinción de saldos insolutos en la liquidación rige con las dos excepciones legales señaladas (alimentos/compensación y obligaciones por delitos o cuasidelitos).

Cómo iniciar hoy mismo

Revisa y reúne tus antecedentes

Haz una lista completa de acreedores y obtén certificados recientes. Solicítalos directamente a cada entidad. Si no te responden, reclama en SERNAC.

Ingresa a la plataforma oficial

Crea tu solicitud en Mi Superir y sigue las instrucciones para declarar todas tus deudas, ingresos y bienes, adjuntando los documentos exigidos. Si no tienes bienes, puedes declararlo, pero eso limita la posibilidad de ofrecer ejecución de bienes y podría llevar a la remisión del caso a liquidación simplificada.

Conoce el Boletín Concursal y sus efectos

La publicación de la admisibilidad en el Boletín Concursal activa las protecciones. Revisa tus notificaciones y asiste a las audiencias con toda la información ordenada.

Comparativa breve: España y la “Ley de Segunda Oportunidad”

Similitudes y diferencias esenciales

En España, la segunda oportunidad se rige por el TRLC reformado por la Ley 16/2022, que permite exonerar deudas, incluso con plan de pagos sin liquidación previa de vivienda en ciertos casos, y amplía la relación de deudas exonerables con límites para las de derecho público. En Chile, la descarga opera principalmente al término de la liquidación (con las dos excepciones legales) o al finalizar la ejecución y plan de la renegociación; la renegociación es administrativa y gratuita ante la Superir.

Fuentes oficiales y útiles

Para iniciar y entender el proceso en Chile

Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir): guía de la Ley 20.720, preguntas frecuentes, plataforma “Mi Superir”, y estadísticas oficiales. También puedes revisar la Ley en el sitio de la Biblioteca del Congreso Nacional y las fichas explicativas en ChileAtiende.

Norma legal clave

Artículo 255 de la Ley 20.720: define la descarga de saldos insolutos al término de la liquidación y sus dos excepciones.

Conclusiones prácticas

Lo esencial para decidir

Si puedes pagar algo razonable y quieres proteger ciertos bienes, intenta renegociar; si es inviable cumplir y buscas una salida definitiva, la liquidación te concede la descarga de saldos insolutos al final, con dos excepciones muy claras. En ambos caminos, declarar todo, documentar bien y actuar de buena fe es lo que maximiza tu “segunda oportunidad” real.

Atajos útiles para empezar

  • Lee las Preguntas Frecuentes de la Superir y verifica si cumples requisitos de renegociación.
  • Si falta información de una deuda, pídesela al acreedor; si se niega, reclama en SERNAC.
  • Si no logras acuerdo de pago sostenible, consulta la ruta de liquidación y sus efectos extintivos.

Planificación y diagnóstico financiero antes de elegir el camino

Antes de iniciar un procedimiento, conviene construir un panorama fiel de tu situación. Reúne estados de cuenta de cada obligación, certificados de deuda y comprobantes de ingresos. Para complementar, solicita el Informe de Deudas del Sistema Financiero de la CMF y revisa tu reporte comercial en Equifax. Así sabrás qué acreedores reportan morosidades y con qué antigüedad, información clave para la propuesta de pago o para dimensionar una eventual liquidación.

Inventario completo de obligaciones

En la plataforma de la Superintendencia debes declarar todas las deudas, tanto vencidas como vigentes, aun cuando algunas no sean renegociables (por ejemplo, alimentos). Esto permite determinar tu carga financiera, los privilegios de pago y, si corresponde, diseñar un plan sostén de cuotas y una eventual ejecución de bienes. La propia guía oficial subraya que el proceso de renegociación es voluntario, gratuito y administrativo, con la Superir como mediadora técnica.

Documentos mínimos y dónde conseguirlos

Prepara estados de deuda por cada acreedor, comprobantes de ingresos y las declaraciones juradas exigidas por ley para acreditar patrimonio y calidad de persona deudora. Si te falta algún respaldo, solicítalo formalmente al acreedor; la Superir detalla los antecedentes y declaraciones requeridas en su compendio de preguntas frecuentes.

Efectos protectores durante el trámite

Admitida la solicitud de renegociación y publicada en el Boletín Concursal, se activa un paraguas de protección: suspensión de apremios y ejecuciones, suspensión de plazos de prescripción y congelamiento de intereses moratorios respecto de las deudas incluidas, con vigencia hasta la resolución de término del procedimiento. Estos efectos se encuentran sistematizados en materiales docentes de la Academia Judicial.

Plazos administrativos y desarrollo de las audiencias

Ingresada la solicitud, la Superintendencia tiene un plazo de diez días hábiles administrativos para pronunciarse sobre su admisibilidad, pudiendo aceptar y citar a la primera audiencia, pedir rectificaciones o rechazar si no se cumplen requisitos. Las audiencias se realizan por medios telemáticos en la plataforma de renegociación.

Audiencias y determinación del pasivo

En la audiencia de determinación de pasivo se fijan montos, preferencias y eventuales garantías; luego, en la audiencia de renegociación, presentas tu propuesta y los acreedores votan. Si no se alcanza acuerdo, la Superir puede citar a audiencia de ejecución para someter a voto la venta de bienes y un plan de reembolso. Cumplido el acuerdo, los saldos insolutos incluidos se extinguen por ley al dictarse la resolución de término.

Descarga de saldos y rehabilitación legal al finalizar

En la liquidación de persona deudora, una vez firme la resolución de término, se extinguen por el solo ministerio de la ley los saldos insolutos de obligaciones contraídas antes del inicio del procedimiento y la persona queda rehabilitada para todos los efectos legales, salvo que el fallo disponga algo distinto.

Exclusiones legales a la descarga

La reforma reciente incorporó excepciones expresas: no se extinguen los alimentos, la compensación económica de divorcio, ni las obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos civiles o penales. Además, si el tribunal declara la mala fe del deudor (según el procedimiento del artículo 169 A), puede negar total o parcialmente la descarga. La Superir resume estas exclusiones en sus preguntas frecuentes y la literatura académica analiza su alcance.

Relación con codeudores, avales y fiadores

La descarga es un beneficio personalísimo: no libera a terceros garantes ni codeudores. Tras el término, el acreedor mantiene intactas sus acciones contra ellos, de acuerdo con la doctrina que estudia los efectos del descargue sobre garantías exógenas.

Lo que no se renegocia y cómo declararlo

En la renegociación quedan excluidas —pero deben declararse para transparentar tu carga— las obligaciones por alimentos y compensación económica, y las derivadas de delitos o cuasidelitos. Declararlas evita impugnaciones por omisiones y mejora la calidad de tu propuesta frente a los acreedores.

Modificación de un acuerdo previo

Si no pudiste cumplir un acuerdo y necesitas reabrirlo, la normativa permite una modificación tramitada como un nuevo procedimiento, siempre que cumpla requisitos específicos (por ejemplo, que al menos la mitad de las deudas a renegociar provengan del acuerdo anterior). La Superir detalla estas condiciones.

Relación con el boletín comercial y los informes de riesgo

La rehabilitación jurídica del artículo 255 es distinta de la actualización de tu historial comercial. Tras el término, es recomendable gestionar la rectificación de publicaciones con la documentación oficial (resolución de término o certificado del procedimiento). Para ello, puedes usar los canales del Boletín Comercial de la Cámara de Comercio de Santiago y los mecanismos de actualización de Equifax, que permiten ingresar requerimientos de eliminación o corrección de morosidades con respaldo.

Qué publica el boletín y por qué importa

El Boletín de Informaciones Comerciales es el banco de datos oficial de protestos y morosidades, administrado por la Cámara de Comercio de Santiago. Afecta el acceso a crédito y otros servicios, por lo que vale la pena verificar que, concluido tu proceso, las anotaciones queden correctamente actualizadas. La autoridad financiera explica su función y alcances.

Certificados útiles para acreditar tu situación

Para trámites de aclaración, muchas personas presentan el certificado de procedimientos concursales emitido por la Superir, junto con la resolución de término. Estos respaldos ayudan a que los bancos de datos comerciales actualicen tu estado en sus registros.

Estrategias para construir una propuesta sostenible

Si apuntas a renegociar, diseña un plan que resista escenarios de estrés. Prioriza cuotas fijas dentro de un porcentaje realista de tus ingresos líquidos y ordena a los acreedores por impacto y costo financiero. Identifica activos prescindibles que puedan ejecutarse para mejorar la propuesta y conserva aquellos productivos que sostienen tu capacidad de pago. La mediación de la Superir facilita que estas variables se pongan sobre la mesa en términos verificables y comparables.

Garantías reales e hipotecarias

En créditos con prenda o hipoteca, la garantía se realiza con preferencia para ese acreedor. Si, tras el remate, queda un saldo impago, ese remanente ingresa al pasivo del concurso y —salvo caer en una excepción legal— se beneficia de la descarga al término de la liquidación.

Casos en que conviene la liquidación

Si no proyectas flujo para sostener cuotas, si arrastras múltiples ejecuciones o si el valor de tus bienes es marginal frente al total adeudado, la liquidación puede ofrecer un reinicio rápido, con descarga de saldos al final y rehabilitación legal. ChileAtiende detalla el ingreso de solicitudes y pasos prácticos.

Cómo iniciar el procedimiento con buen pie

Reúne tus antecedentes, abre tu expediente en la plataforma de la Superir y declara todas tus obligaciones (incluidas las no renegociables) y bienes. Revisa los requisitos formales —como contar con dos o más deudas con más de noventa días de mora que sumen más de ochenta UF— para no perder tiempo con subsanaciones. La página oficial de requisitos resume estas condiciones y el flujo desde la admisibilidad hasta las audiencias.

Seguimiento y comunicación con acreedores

Una propuesta clara y trazable —con supuestos de ingresos, respaldo documental y, si corresponde, un plan de realización de bienes— aumenta la probabilidad de acuerdo. Recuerda que, mientras dure el procedimiento de renegociación y desde su admisibilidad, rigen los efectos protectores publicados en el Boletín Concursal.

Tendencias recientes y utilidad del mecanismo

La autoridad reportó un aumento relevante de renegociaciones tras la implementación de la reforma, destacando su impacto para ordenar pasivos de personas deudoras sin costo de tramitación administrativa. Los datos públicos de la Superir muestran el dinamismo del mecanismo en el último año móvil.

La ley chilena ofrece dos salidas complementarias: una vía administrativa y gratuita para reprogramar deudas y eventualmente ejecutar bienes bajo mediación de la Superir, y una vía judicial que liquida el patrimonio y descarga los saldos al final, con excepciones claras. Elegir bien exige diagnóstico, documentación ordenada y realismo en la propuesta. Si tu objetivo es preservar capacidad de ingreso y estabilizar tu flujo, empieza por la renegociación; si el desbalance es irreversible, la liquidación —y su descarga— puede darte el reinicio que necesitas, sin olvidar que alimentos, compensación económica y deudas por delitos o cuasidelitos no se apagan.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir

Este sitio web utiliza cookies 🍪 para mejorar tu experiencia de navegación y ofrecerte contenido personalizado. Las cookies son pequeños archivos de texto que se almacenan en tu dispositivo y nos permiten reconocerte en visitas futuras. Al continuar utilizando este sitio, estás dando tu consentimiento para el uso de cookies. Si deseas obtener más información sobre cómo utilizamos las cookies y cómo puedes administrarlas, consulta nuestra política de privacidad. Configurar y más información Más información

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad